Convocatoria 2014 de proyectos de investigación aplicada e innovación en sectores ganaderos
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En el BOE de 9 de mayo de 2014 se ha publicado la convocatoria 2014 de subvenciones destinadas a agrupaciones de productores para la realización de proyectos de investigación aplicada e innovación en los sectores vacuno, porcino, ovino, caprino, avícola y cunícola.
La finalidad de estas ayudas es la financiación de proyectos de investigación finalista e innovación en los sectores sectores vacuno, porcino, ovino, caprino, avícola, cunícola y de animales de peletería. Se financian actuaciones plurianuales a realizar en los ejercicios 2014, 2015 y 2016. Estos proyectos han de estar promovidos por agrupaciones de productores, que aplicarán la investigación aplicada y la innovación a la producción primaria en las explotaciones de sus respectivos socios, o en otras explotaciones a disposición de los mismos, con el objeto último de mejorar los resultados de su cuenta de explotación, incrementando por tanto la competitividad de cada uno de sus socios.
Los proyectos se realizarán por el beneficiario directamente, o mediante subcontratación, por alguna de las entidades vinculadas o integradas, en su caso, o bajo acuerdo de colaboración o contratación con centros de investigación públicos o privados. La subcontratación no podrá exceder del 95 % de las actuaciones, y deberá formalizarse por escrito mediante un documento contractual que regule, al menos, la distribución de actividades y presupuesto, la confidencialidad y la divulgación pública de los resultados.
Los proyectos se realizarán para programas de innovación basados en la consecución de uno o varios de los siguientes objetivos:
a) Optimizar los costes de producción, en particular lo relativo a los costes de alimentación, así como otros insumos destacando la energía y las actuaciones para mejorar la sostenibilidad medioambiental de las explotaciones.
b) Mejora genética, de parámetros reproductivos y sanitarios, para optimizar las condiciones de producción y mejorar índices productivos, incrementar la competitividad y rentabilidad y disponer de terapias adecuadas ante las enfermedades animales más comunes.
c) Incrementar el valor añadido de la producción, así como la diversidad comercial, para adaptar la oferta a la demanda y aumentar el consumo, incluyendo el desarrollo de nuevos modelos de negocio y organización conjunta.
d) Mejora del conocimiento de los sectores: avanzando con las herramientas actuales en aquellos donde existe, e instaurando, cuando sea necesario nuevas estadísticas o programas de estudio. Contar con asesoramiento que permita habilitar mecanismos para tener en tiempo lo más real posible la información económica de importancia para cada sector.
e) En el caso de proyectos destinados a la especie porcina, estos deberán contemplar como objetivo principal la optimización de sistemas de producción, mediante innovaciones que favorezcan el bienestar de los animales
No se financiará en ningún caso:
a) Investigación fundamental o teórica, ni la que no tenga viabilidad técnica ni aplicación practica, por lo que la labor investigadora se orientará fundamentalmente a su aplicación práctica.
b) Actividades que comprendan la transformación o comercialización de la producción primaria. Se entenderán como tales los procesos aplicados con posterioridad a la primera venta.
c) Actividades que contemplen la adaptación de las explotaciones beneficiarias a normativa de obligado cumplimiento, nacional o comunitaria.
En todos los casos, los proyectos se basarán en investigación industrial y desarrollo experimental.
Todas las actividades del proyecto se realizarán con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud. El plazo de realización de actividades subvencionables discurrirá entre la fecha de presentación de la solicitud y el 14 de octubre del último ejercicio para el que se conceda la subvención. El plazo depresentación de solicitudes finaliza el 10 de junio de 2014
Los beneficiarios serán agrupaciones de ganaderos que cumplan una serie de requisitos en cuanto a tamañode la explotación, forma jurídica, etc, que se detallan en la Orden PRE/917/2013, de 20 de mayo, modificada por la Orden PRE/548/2014, de 28 de marzo
La intensidad máxima de la ayuda, dependiendo del beneficiario y de si existe subcontratación con centros de investigación, será del 35% al 50% de coste subvencionable, pero en ningún caso superará los 300.000 euros por proyecto.
La financiación de proyectos estará limitada, anualmente, a un proyecto por agrupación y especie ganaderaobjetivo
Las solicitudes se presentarán a través de la sede electrónica del MAGRAMA. El plazo de presentación es deun mes desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria.




